Saludosss corrdialesss. El otro día se me olvido comentar la resolución del Tribunal Supremo (nuestro mas alto tribunal...) en relación con el caso Botín. Sin entrar demasiado de que se trataba tal supuesto, lo trascendente de la resolución es que para la apertura del juicio oral (esto es, que se pasen los autos desde el Juez que instruye al Juez que juzga) no basta con que lo solicite una acusación POPULAR (que no ppepera) personada en la instrucción. Si no lo solicita el Ministerio Fiscal o acusación PARTICULAR ("directamente" perjudicada) no se abre el juicio oral
Ufff. A simple vista me parece acabar un poquito con aquel dicho solemne de que la soberanía reside en el Pueblo... Pero lo peor de todo es que esta doctrina sólo esta hecha para los procedimientos abreviados, no para los ordinarios... Mas cacicada todavía!!!
En resumen, a mi entender, con esta doctrina lo que hace el Supremo (que en esta ocasión no está dividido politicamente curiosamente) es abrir una valvula de escape para supuestos determinados y que estan en espera de recurso en la actualidad. Se me ocurre el caso Ibarreche donde sólo pide la continuación una acusación popular y el famoso caso Bórico donde esta imputado aquel señor barbudo amigo de Iñaki que fue disfrazado de Policia a su programa...
Con esto dependemos aún mas del Ministerio Fiscal... que imagino que dejará de llamarse Ministerio Publico!
1 comentario:
Si es triste y penoso lo que está pasando con la IUSTITIA en este nuestro país, si este se ha librado, "y es Botín", con Aznar que es "campera", lo llevamos claro para verle imputado por crímenes contra la HUMANIDAD.
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